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   ÁREAS ESTADÍSTICAS DE LA CCRVMA Y                   SUS  JURISDICCIONES.


    Las aguas administradas por CCRVMA, geográficamente delimitadas en la propia Convención, han sido divididas en tres Areas estadísticas cuya denominación corresponde al sistema de designación de áreas estadísticas de la FAO:

  • Area 48, en la proyección del océano Atlántico

  • Area 58, en la proyección del océano Indico; y

  • Area 88, en la proyección del océano Pacífico,

subdividiéndose a su vez cada una de ellas en Subáreas y Divisiones estadísticas.

    Pero también debe tenerse en cuenta que de acuerdo a la Convención sobre el Derecho del Mar (CONVEMAR), los territorios insulares dentro de las áreas CCRVMA tienen derechos de jurisdicción, entre otros sobre los recursos vivos de sus Zonas Económicas Exclusivas (ZEE) correspondientes.

    Es así que se superponen las áreas de jurisdicción de los Estados que tienen territorios insulares, con las Areas estadísticas CCRVMA. A su vez hay territorios insulares en litigio ante reclamaciones internacionales, lo que hace compleja la adopción de medidas generalizadas que contemplen todos los intereses nacionales.

    Existe una Declaración del Presidente de la Conferencia, previo a la firma de la Convención, con respecto a la aplicación de la misma en aguas adyacentes a islas específicas bajo administración de un estado y generaliza a otras dentro del área de aplicación, sobre las cuales exista soberanía de un  Estado y en la cual se dan opciones en que las medidas sean adoptadas por el Estado o que sean exceptuadas específicamente .

 

 

LIMITES DE LAS ÁREAS ESTADÍSTICAS EN EL OCÉANO AUSTRAL